Disponer de un sistema de protección contra incendios, además de ser obligatorio, evitará que un incendio devaste tu vivienda o comercio y los daños sean irreparables.
Extincar Clima se dedica, desde sus inicios, al diseño, instalación y mantenimiento integral de sistemas de protección contra incendios.
Nuestro equipo técnico realizará un estudio de la zona a proteger y ayudará a construir el mejor sistema que se adapte a tus necesidades y cumpla con la normativa vigente.
Instalación y mantenimiento de todo tipo de extintores
Dispositivos automáticos para la detección de incendios.
Instalación de sistemas de bocas de incendios
Aviso de alerta automático a través de tu dispositivo móvil.
Nos ocupamos de instalar toda la señalización de seguridad.
Nuestro servicio de mantenimiento periódico a tu disposición.
La obligatoriedad de instalar sistemas de protección contraindencios y su posterior mantenimiento, evita indencios en viviendas, locales comerciales e industria.
Para cumplir con la normativa vigente (excepto actividades de riesgos especiales) deberás disponer de al menos un Extintor de Polvo ABC de 6Kg para los fuegos más comunes de madera, papel, cartón, telas, ceras, grasas, alcohol, gasolina, propano, butano, gas natural, etc. Además deberás de contar con la correspondiente Señal de Extintor y una Señal de Salida de Emergencia.
Incorporando un Extintor de CO2 para fuegos de tipo eléctrico provenientes de cuadros eléctricos u ordenadores tu negocio estará más seguro.
Contacta con Extincar Clima y realizamos un estudio a la medida de tu negocio!
En garajes de más de 5 vehículos se deberá tener instalado un Extintor de Polvo ABC de 6Kg por cada 15 metros de recorrido máximo, con sus correspondientes Señales de Extintor.
En las Comunidades de Vecinos es obligatorio disponer de por lo menos un Extintor de Polvo ABC de 6Kg por planta o rellano, si el edificio fue construido o rehabilitado después de 1996. También en las zonas de especial riesgo, como por ejemplo cuadros de luces. Para los edificios anteriores ala fecha, pese a no ser obligatorio es altamente recomendable disponer de medidas tanto de detección como de extinción ya que ello contribuirá a la seguridad de los vecinos.
No hay normativa que obligue a disponer de sistemas de detección o extinción de incendios en viviendas particulares.
Pero si quieres incorporar algún tipo de sistema contraincendios en tu casa puedes incorporar Extintor de Polvo ABC de 1Kg muy ligero y de fácil manejo. De esta forma estarías protegido ante pequeños incendios en cocina, sofás o mobiliario.
Para vehículos de transporte de mercancías de MMA superior a 3.500Kg siempre y cuando no transporten mercancías peligrosas, deberán disponer al menos de los siguientes dispositivos de extinción:
– De 3.501 hasta 7.000 Kg – 1 Extintor de Polvo ABC de 6Kg
– De 7.001 hasta 20.000 Kg – 1 Extintor de Polvo ABC de 9Kg
– De más de 20.000 Kg – 2 Extintores de Polvo ABC de 9Kg
Para vehículos de transporte de mercancías peligrosas deberá de disponer al menos de:
– Para todos los vehículos – Al menos 1 Extintor de Polvo ABC de 2Kg
– Hasta 3.500 Kg – Mínimo 2 Extintores de Polvo ABC de 2Kg
– Entre 3.500 y 7.500 Kg – 1 Extintor de Polvo ABC de 6Kg y 1 Extintor de Polvo ABC de 2Kg
– Más de 7.500 Kg – 2 Extintores de Polvo ABC de 6Kg
Para vehículos de transporte de personas, según el número de plazas disponibles incluyendo al conductor deberán disponer de:
– Hasta 9 plazas (incluido el conductor) – 1 Extintor de Polvo ABC de 1Kg
– Hasta 23 plazas (incluido el conductor) – 1 Extintor de Polvo ABC de 3Kg
– Más de 23 plazas (incluido el conductor) – 1 Extintor de Polvo ABC de 6Kg
Para vehículos particulares de tipo turismo no existe normativa que oblige a portar sistemas de extinción de incendios. En todo caso, disponer de al menos un Extintor de Polvo ABC de 1Kg te mantendrá protegido ante incendios en el vehículo o provocados por fugas de combustible.
Las instalaciones industriales y los locales con riesgos especiales de incendios han de ser sometidos a estudio para determinar las necesidades de cada caso.
Si es tu caso, contacta con Extincar Clima y nuestros profesionales te prepararán un plan contra incendios diseñado y adaptado a tus necesidades, siempre cumpliendo la legislación vigente y con las máximas garantías.
– Con cabina cerrada y menor de 10 m, uno del tipo marina 3kg ABC.
– Con o sin cabina, mayor de 10 m y menor de 15m, uno del tipo marina 3kg ABC.
– Con o sin cabina, mayor de 15 m y menor de 20 m, dos del tipo marina 3kg ABC.
– Con o sin cabina, mayor de 20 y menor de 24 m, tres del tipo marina 3kg ABC..
– Para embarcaciones Lista 6ª y eslora mayor de 10 m, uno más de los indicados.
Peso mínimo extintores: 2 kg de polvo seco (peso equivalente si es otro agente extintor).
Extintores portátiles, en función de la potencia propulsora. (A sumar a los extintores en función de la eslora)
– Inferior a 150 kw: uno del tipo marina 3kg ABC.
– De 150 a 300 kw: uno del tipo marina 6kg ABC. (con 1 motor); 2 del tipo marina 6kg ABC. (con 2 motores).
– De más de 300 a 450 kw: uno del tipo marina 6kg ABC. (con 1 motor); 2 del tipo marina 6kg ABC. (con 2 motores).
– Más de 450 kw: Con 1 motor, uno tipo marina 6kg ABC. y además, el número de extintores necesarios para cubrir la potencia del motor por encima de los 450 kw. Con 2 motores: uno tipo marina 6kg ABC por cada motor (que puede ser 34 B si la potencia de cada uno es inferior a 300 kw) y además el número de extintores necesarios para cubrir la potencia total instalada.
Para eslora menor de 10 m, estos extintores cumplirán con lo exigido en función de la eslora.
Para motores fueraborda de menos de 20 kw en Zonas 6 y 7, no se exigirá extintor.
Con instalación fija de extinción, 1 extintor para cada cuarta parte de la potencia.
Peso mínimo extintores: 2 kg de polvo seco (peso equivalente si es otro agente extintor).
Instalación fija de extinción de incendios: En embarcaciones con motores que utilicen combustible del grupo 1º. No son admisibles gases halógenos como agente extintor.
Detector de gas: Si tienen instalaciones de gas combustible.
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